05/05/2024

10 conductas que pueden ser sancionables en los encierros

Lunes 06 de Julio del 2015

10 conductas que pueden ser sancionables en los encierros

Los encierros de San Fermín 2014 contarán con normas más específicas de seguridad que atañen a corredores, público, vecinos y comerciantes de Pamplona en una de las fiestas más populares del mundo.

Los encierros de San Fermín 2014 contarán con normas más específicas de seguridad que atañen a corredores, público, vecinos y comerciantes de Pamplona en una de las fiestas más populares del mundo.

Los encierros de San Fermín son el momento más emocionante de las fiestas que mayor proyección internacional tienen en nuestro país. El turismo y el desconocimiento de la tradición, así como el descontrol de algunos participantes, obligaron al ayuntamiento a aprobar el año pasado una nueva ordenanza para la protección del normal desarrollo de los encierros.

Las conductas o acciones, con multas que van desde los 600 a los 6000 euros, en gunción de si la falta se considera Leve, Grave o Muy grave.

Sanciones Muy graves:

1.- La participación con medios mecánicos de desplazamiento: En los encierros sólo se puede ir a pie, quedando prohibida la utilización de patines, monopatines, bicicletas, etc... , así como cualquier actitud que genere riesgos para sus participantes, incluida la persona infractora.

2.- Instalación de elementos que invadan el espacio de la carrera: se especifica la invasión del espacio horizontal, vertical y aéreo, así como sobrevolar la carrera, sin previa autorizavción del ayuntamiento.

3.- Permanecer en el recorrido sin estar en plenas condiciones físicas y psíquicas: se sanciona a las personas en estado de embriaguez, o bajo los efectos de sustancias estupefacientes los estados de embriaguez.

4.- Arrojar objetos a lo largo de todo el recorrido, desde el momento en que ha sido limpiado, y durante el desarrollo del encierro.

5.- Molestar a los animales o distraerlos: Correr hacia las reses o detrás de las mismas, creando peligro, así como citar, tocar, o llamar la atención de los toros durante el recorrido de la carrera, está considerado como falta muy grave, a no ser que se realice para evitar una cogida.

Faltas graves

6.- Pararse en el recorrido, y quedarse en el vallado, portales, barreras obstaculizando la carrera o la defensa de corredores en busca de refugio.

7.- Usar medios reproductores de imagen y sonido dentro del recorrido o de los vallados reservados. 

Faltas leves

8.- Encaramarse a elementos o situarse en puntos que no ofrezcan garantía suficientes, así como llevar vestuario o calzado inapropiado

9.- Lanzar petardos desde las 7:00 hasta las 8:30 de la mañana (hora en la que se desarrollan los encierros).

10.- Obstaculizar las labores de limpieza del recorrido.

La nueva ordenanza califica los encierros como 'actos peligrosos' y el cumplimiento de las ordenanzas deberá ser vigilado atentamente por todos los participantes de la carrera, y además establece que las indicaciones por parte del personal técnico, (pastores, dobladores, etc...) deberán ser de obligado cumplimiento por los participantes.

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