23/12/2024

¿Por qué este viernes 28 de abril del 2023 es día no laborable en el Perú?

Jueves 20 de Abril del 2023

¿Por qué este viernes 28 de abril del 2023 es día no laborable en el Perú?

Según el Decreto Supremo N° 151-2022-PCM, el próximo viernes 28 de abril será día no laborable. Entérate por qué y quiénes no trabajarán.

Según el Decreto Supremo N° 151-2022-PCM, el próximo viernes 28 de abril será día no laborable. Entérate por qué y quiénes no trabajarán.

Mediante Decreto Supremo N° 151-2022-PCM, publicado el pasado 9 de diciembre de 2022, el Gobierno declaró siete días no laborables en el Perú, siendo este viernes 28 de abril un nuevi día libre para los trabajadores. Se trata de una gran oportunidad para que miles de peruanos aprovechen este fin de semana largo para realizar un pequeño viaje o tomar un descanso. ¿Quiénes podrán gozar de esta fecha?

Aparte de estas fechas, el viernes 30 de junio; jueves 27 de julio, lunes 9 de octubre, jueves 7 de diciembre y martes 26 de diciembre del 2023 son días no laborables para los trabajadores del sector público. Mientras que en el 2024 lo será el martes 2 de enero.

Sin embargo, para fines tributarios, estos días serán considerados hábiles, teniendo en cuenta que las horas dejadas de laborar durante estas fechas se compensarán en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función de sus propias necesidades.

Se debe precisar que tras la pandemia por el coronavirus el Gobierno Central decidió impulsar una campaña para fortalecer el turismo a nivel nacional. En ese sentido, decretó varios días del 2023 para que los ciudadanos puedan tener opción de aprovecharlos viajando y conociendo nuevos lugares.

Las personas acostumbran a disfrutar el día no laborable con la familia o amigos (Foto: GEC)
Las personas acostumbran a disfrutar el día no laborable con la familia o amigos (Foto: GEC)

¿Qué días son declarados no laborables?

En diciembre de 2022 se publicó en El Peruano el Decreto Supremo N° 151-2022-PCM donde se establecen los días no laborables compensables para los trabajadores del sector público. Estas fechas serán viernes 28 de abril, viernes 30 de junio; jueves 27 de julio, lunes 9 de octubre, jueves 7 de diciembre y martes 26 de diciembre del 2023 son días no laborables para los trabajadores del sector público. Mientras que en el 2024 lo será el martes 2 de enero.

El Parque de las leyendas es uno de los lugares más concurridos en Lima (Foto: GEC)
El Parque de las leyendas es uno de los lugares más concurridos en Lima (Foto: GEC)

¿Quiénes descansarán el 28 de abril?

Teniendo en cuenta que el viernes 28 de abril es día no laborable y no feriado los trabajadores del sector público podrán descansar. Sin embargo, según informó Andina, estas horas no trabajadas deberán ser compensadas durante los próximos diez días posteriores. Asimismo, el empleado deberá recuperar esas horas cuando el titular de cada entidad pública así lo establezca de acuerdo a sus necesidades.

¿Quiénes no descansan este viernes 28 de abril?

Como los días no laborables son directamente promulgados por el gobierno, estos alcanza únicamente al sector público. Sin embargo, los trabajadores del sector privado podrán acogerse a las fechas de descanso previa coordinación con su empleador. En el caso de las entidades privadas, se deberá deberá establecer la forma cómo se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar. Otro detalle a resaltar es que, para fines tributarios, estos días serán considerados hábiles.

Asimismo, resalta que los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante los días no laborables. Los siguientes enlistados están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos de los días no laborables declarados y los trabajadores respectivos que continuarán laborando, a fin de garantizar los servicios:

  • Servicios sanitarios y de salubridad;
  • Limpieza y saneamiento;
  • Electricidad, agua, desagüe, gas y combustible;
  • Sepelios
  • Comunicaciones y telecomunicaciones;
  • Transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores;
  • Expendio de víveres y alimentos.

¿Qué pasará con los trabajadores del sector privado?

En el caso de los trabajadores del sector privado que deseen descansar ese día, de forma voluntaria, deberán coordinar con los jefes responsables de su entidad. Por ende, corresponderá a los titulares de las entidades del sector público adoptar las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad, durante los días no laborables.

¿Habrá fin de semana largo a fines de abril?

Sí. Teniendo en cuenta que el viernes 28 es día no laborable, esto se suma al sábado 29 y domingo 30 de abril, además del 1 de mayo, para que las personas puedan tener un fin de semana largo.

Las personas acostumbran a visitar distintos lugares durante los días feriados (Foto: GEC)
Las personas acostumbran a visitar distintos lugares durante los días feriados (Foto: GEC)

¿Hay pago triple por trabajar el viernes 28?

Los ciudadanos que trabajan los días no laborables, como este 28 de abril, no reciben un triple pago. Esto debido a que estas fechas establecidas por el Estado no equivalen a los feriados, en los que sí se aplica la triple remuneración (correspondiente al feriado, trabajo realizado y una sobretasa del 100%) por cumplir funciones laborales.

¿Qué es un día no laborable?

Primero, un feriado se decreta en todo el territorio según festividades y/o celebraciones tanto internacionales como locales, y que están instaurados de manera permanente. Ejemplo de esto es Año Nuevo (1 de enero), Navidad (25 de diciembre) o Fiestas Patrias (28 y 29 de julio).

En cambio, un día no laborable es aquel que promueve el gobierno de turno siendo fechas complementarias de descanso para el año consecuente. Así, en diciembre se declararon los que serían para este año. Además, el decreto precisa que las horas dejadas de laborar durante los días no laborables serán compensadas en los diez días inmediatos posteriores o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad, en función a sus propias necesidades.

¿Cuáles son los días no laborables de 2023?

De acuerdo con el Decreto Supremo 151-2022-PCM, publicado el jueves 29 de diciembre en el diario oficial El Peruano, se anunció los días no laborales para el sector público, a nivel nacional, entre 2023 y 2024.

  • Lunes 2 de enero de 2023 (YA SE DIO)
  • Viernes 28 de abril de 2023
  • Viernes 30 de junio de 2023
  • Jueves 27 de julio de 2023

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