22/12/2024

Bono Escolaridad 2024: ÚLTIMAS NOTICIAS de HOY sobre el pago de este subsidio

Hace 10 meses

Bono Escolaridad 2024: ÚLTIMAS NOTICIAS de HOY sobre el pago de este subsidio

Revisa AQUÍ qué se sabe sobre el pago de este beneficio ahora que la mayoría de centros educativos ya iniciaron las clases nuevamente.

Revisa AQUÍ qué se sabe sobre el pago de este beneficio ahora que la mayoría de centros educativos ya iniciaron las clases nuevamente.

En Perú, el Bono Escolaridad es de los subsidios más solicitados, pues está dirigido a ayudar a cierto sector de la población a que pueda aliviar algunos gastos relacionados con el recién iniciado ciclo lectivo.

Bono Escolar 2024: consulta AQUÍ las dos únicas fechas en las que se entregará.

PUEDES VER: Bono Escolaridad 2024: estas son las dos únicas fechas en las que se PAGARÁN los 400 soles

No está de más recordar que este beneficio es de los más populares en lo que va del gobierno de la presidenta Dina Boluarte, pero la población necesita tener certeza sobre el cronograma de pagos; por ello, AQUÍ tendrás toda la información para que puedas acceder a este beneficio.

Bono Escolaridad 2024: ¿Qué se sabe del pago?

La bonificación es de S/ 400, entregándose en la planilla de pagos de enero de 2024, solamente en caso muy excepcionales como a auxiliares contratados y docentes, el cual se encuentra amparado bajo la ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, siendo entregado en junio próximo.

¿Hay LINK de consulta para Bono Escolaridad?

Es fundamental tener presente que, en la actualidad, no se dispone de un sitio web oficial para consultar la elegibilidad para este apoyo financiero. Por ello, se hace un llamado a la precaución para evitar ser víctima de fraudes asociados a este tema.

¿Quiénes reciben el Bono Escolaridad?

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del decreto legislativo n.º 276.
  • Funcionarios y servidores bajo la ley n.º 29944.
  • Funcionarios y servidores bajo la ley n.º 30512.
  • Docentes universitarios según la ley n.º 30220.
  • Personal de salud conforme al numeral 3.2 del artículo 3 del decreto legislativo n.º 1153.
  • Obreros permanentes y eventuales del sector público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
  • Pensionistas a cargo del Estado bajo la ley n.º 15117, decretos leyes n.º 19846 y n.º 20530, decreto supremo n.º 051-88-PCM y la ley n.º 28091.
  • Servidores penitenciarios.
  • Trabajadores del Sector Público bajo el régimen laboral de la actividad privada.

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