¿Las deudas te estresan y sientes que el dinero ya no te alcanza? Lamentablemente, esa situación la viven muchos peruanos, así que desde hace varios meses en el Congreso han estado analizando la posibilidad de permitir el retiro extraordinario del dinero que tienen los afiliados en el sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y que tiene como misión brindar estabilidad cuando se jubilen.
Es así como el jueves 18 de abril se hizo el gran anuncio de la promulgación de la ley, la noticia es una gran alegría para aquellos que consideramos ese dinero como un gran apoyo para pagar algunas deudas, ¿pero esto significa que ya puedo solicitar el dinero? La respuesta a esa y otras preguntas puedes conocerla en el artículo de Depor
¿Cuál es el procedimiento para solicitar el Retiro de mi AFP?
- Los afiliados deben presentar su solicitud de manera física o virtual dentro de los noventa días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la presente norma y luego que la SBS publique la modalidad.
- Se abona un monto de hasta una UIT cada treinta días calendario, realizándose el primer desembolso a los treinta días calendario de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones a la que pertenezca el afiliado.
- En el caso de que el afiliado desista de continuar retirando los fondos de su cuenta individual de capitalización (CIC), puede solicitarlo por única vez a la administradora privada de fondos de pensiones diez días calendario antes del siguiente desembolso.
¿Cuándo podré cobrar mi AFP?
Todavía no hay una fecha exacta, ya que se debe esperar que en un máximo de 15 días calendario, la SBS anuncie la modalidad para realizar la solicitud. Entonces, un día aproximado sería el viernes 3 de mayo.
¿Cuál es el cronograma de depósito de la AFP?
La SBS todavía no hace un anuncio oficial, pero de acuerdo a la modalidad de los retiros anteriores podemos tener una idea aproximada de cómo se realizarán los pagos. Recuerda que el monto máximo es el valor de 4 UIT, pero puedes solicitar menos.
- Primera parte: se pagará hasta 1 UIT (S/5,150) y será entregado 30 días después de haber sido procesada la solicitud.
- Segunda parte: se abonará hasta 1 UIT (S/5,150) y será entregado 30 días después de haberse entregado el primer monto.
- Tercera parte: se pagará hasta 1 UIT (S/5,150) y será entregado 30 días después de la segunda entrega.
- Cuarta parte: se entregará hasta 1 UIT (S/5,150) y será entregado 30 días después de haber recibido la tercera entrega.
¿Cuál es el siguiente paso para empezar a solicitar el Retiro de la AFP?
De acuerdo con la ley publicada en El Diario el Peruano este jueves 18 de abril, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) determinará, mediante reglamento, el procedimiento operativo para el retiro en un plazo que no deberá exceder a los quince días calendario y que serán contados desde que entre en vigor la ley, bajo responsabilidad de su titular.
¿El monto de la AFP retirado tendrá descuentos?
Según la ley publicada, el retiro de los fondos mantiene la condición de intangible, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención o cualquier forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados. Aunque, esto no aplica si el motivo es por deudas alimentarias y en ese caso el máximo es 30% de lo retirado.
¿Cuánto dinero podrás retirar de tu AFP?
De acuerdo al dictamen aprobado, las personas tienen permitido el retiro de hasta 4 UIT (Unidades Impositivas Tributarias), equivalente a S/ 20,600, de los fondos administrados por las AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones). Es decir, aquellos que tienen menos de esa cantidad también podrán hacerlo, el monto final depende de la cantidad que tengas en tu cuenta.
¿De qué trata la ley publicada sobre el Retiro de la AFP?
LEY 32002 by Reyna Cárdenas Andazabal
">¿Cómo saber cuánto dinero tienes en tu AFP?
Para conocer el monto que has acumulado en tu fondo de pensiones, según la AFP a la que estás afiliado, solo necesitas activar tu cuenta a través de cualquiera de los siguientes enlaces:
- AFP Prima: https://miespacio.prima.com.pe/
- AFP Integra: https://www.afpintegra.pe/iniciar-sesion
- AFP Hábitat: https://www.afphabitat.com.pe/
- AFP Profuturo: https://www.profuturo.com.pe/Personas
¿Cómo saber en qué AFP estás afiliado?
Si desconoces a qué AFP estás afiliado, no te preocupes. Aquí te presentamos los pasos que debes seguir para obtener esta información importante:
- Ingresar a Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
- Ve a la sección “Consultas y trámites”. Si no tienes cuenta “Regístrate”, pero antes lee las condiciones de uso y si estás de acuerdo, acéptalas y haz clic en “Siguiente”.
- Ingresa tu número de DNI y un correo electrónico. Te llegará un código de verificación y luego de ello podrás activar tu cuenta.
- Una vez que te hayas registrado y puedas acceder con tu usuario y contraseña, elige la opción “Reporte de situación previsional” y listo.
- En caso seas extranjero(a), da clic en la opción correspondiente que te aparecerá en el punto 3.