Tras aprobarse el retiro de AFP por hasta 4 UIT en el Congreso y posteriormente en el Ejecutivo, la presente discusión y debate gira en torno a la libre disposición de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), normativa aprobada en el Parlamento que de momento solo espera la firma y promulgación de la presidenta de la República Dina Boluarte.
PUEDES VER: Retiro CTS, 2024: calculadora para conocer cuánto debes recibir
Ante ello, surge una duda entre la ciudadanía: ¿se podrá retirar primero la CTS o la AFP? Considerando esta interrogante, hoy respondemos a la misma con información detallada hasta el momento.
¿Se entregará primero la CTS o AFP este 2024 en el Perú?
Tener la certeza de cuál de los dos retiros será primero, es de momento imposible. ¿La razón? Hasta el cierre de este informe solo se ha podido conocer el cronograma para el ingreso de solicitudes de retiro AFP; sin embargo, todavía es incierta la promulgación de retiro CTS, pues será Dina Boluarte quien firme y autorice la normativa.
Sobre el retiro AFP
- Ingreso de solicitudes para retiro AFP: 20 de mayo al 17 de agosto (según número de DNI).
- Fecha de pagos retiro AFP: del 18 de junio 17 agosto.
Sobre el retiro CTS
No hay fecha confirmada del retiro CTS, sin embargo, se puede tener una estimación de acuerdo a plazos definidos por el Congreso de la República.
- Fecha límite para que Dina Boluarte promulgue la ley: 24 de mayo de 2024.
Sin embargo, pueden ocurrir dos escenarios sobre la misma medida. La primera es que se apruebe antes del plazo establecido, y la segunda, por insistencia en el Congreso de la República.
Si se aprueba en el plazo establecido
- Si Boluarte promulga la ley entre el 13 y 20 de mayo: se podría retirar desde el 31 del presente mes.
- Si Boluarte promulga la ley del 21 hasta el 24: se podría retirar en el mes de junio.
Si no se aprueba en el plazo establecido y se observa para regresar al Congreso
- Si Boluarte no promulga la ley hasta el 24 de mayo: regresa al Congreso de la República y se puede promulgar por insistencia.
- Evaluación de comisiones en Congreso para aprobar por insistencia: 27 al 31 de mayo.
- Pleno del Congreso en el que se aprobaría el retiro CTS por insistencia: 6 de junio.
- Posible promulgación por insistencia en El Peruano: 7 de junio.
- Publicación reglamentaria de retiro CTS: 10 días posteriores a la promulgación.
- Retiro CTS: 18 de junio de 2024
Es preciso señalar que, al igual de lo que sucedió en el retiro de AFP, en el caso de la CTS también se debe esperar el reglamento dispuesto por el Ministerio de Trabajo hasta 10 días posteriores a la promulgación de la presidenta de la República o, en su defecto, el Congreso tras la autorización por insistencia.