25/07/2024

En primera instancia: Indecopi sancionó a Alianza Lima por apagado de luces e ingreso de bengalas en Matute

Ayer, 07:23 pm

En primera instancia: Indecopi sancionó a Alianza Lima por apagado de luces e ingreso de bengalas en Matute

La Comisión de Protección al Consumidor de Indecopi consideró que el club infringió el artículo 25 del Código de Protección y Defensa del Consumidor

La Comisión de Protección al Consumidor de Indecopi consideró que el club infringió el artículo 25 del Código de Protección y Defensa del Consumidor

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), a través de la Comisión de Protección al Consumidor N.°2, ha impuesto en primera instancia una sanción a Alianza Lima por violaciones a la seguridad durante el último clásico ante Universitario de Deportes en el estadio Alejandro Villanueva.

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La resolución emitida el 17 de julio de 2024 determina que el club infringió el artículo 25 del Código de Protección y Defensa del Consumidor al apagar las luces del estadio mientras los asistentes se encontraban en las tribunas, situación que expuso a los consumidores. Esta acción conllevó una multa de 450 UIT, equivalente a S/ 2 317 500.

Además, se constató que el club no adoptó medidas efectivas para prevenir el ingreso y uso de bengalas dentro del recinto deportivo durante el encuentro deportivo del 8 de noviembre de 2023, lo cual derivó en una multa adicional de 138.36 UIT, equivalente a S/ 712 554.

Como medida correctiva, Indecopi ha ordenado a Alianza Lima llevar a cabo una capacitación integral dirigida a su personal y directivos, enfocada en la implementación de protocolos de seguridad adecuados para eventos deportivos.

La denuncia presentada por la Asociación Defensoría del Consumidor y Usuarios fue declarada fundada respecto a Alianza Lima, mientras que la denuncia contra la Federación Peruana de Fútbol fue declarada infundada por falta de pruebas que vinculen a dicha entidad con los incidentes mencionados.

La decisión de la Comisión de Protección al Consumidor N.°2 del Indecopi está sujeta a un plazo de apelación. De ser presentada, será revisada por la Sala Especializada en Protección al Consumidor, instancia administrativa final en el marco del procedimiento sancionador.


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