Un nuevo Bono del Estado peruano se viene asomando desde hace algunos días, y en este caso los beneficiados serán los docentes y auxiliares de educación básica y técnico productiva a nivel nacional. Si tienes dudas sobre a quiénes sí le corresponderá recibir este subsidio especial o la fecha en la que se entregará, no te desprendas de la nota de Libero.pe que te brindaremos más detalles.
Primero, ten en cuenta que este Bono 380 ha sido posible luego de haber salido la Ley 32121, la cual salió publicada el 20 de septiembre en el Diario Oficial El Peruano. Con esto, se autorizó de manera excepcional y por única vez, durante el año fiscal 2024, que el Ministerio de Educación, el Ministerio de Defensa y a los gobiernos regionales lleguen a entregar dicha bonificación.
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Bono 380 docentes: quiénes son los beneficiarios
- Docentes nombrados y contratados de instituciones educativas de educación básica y técnico productiva en todo el país.
- Auxiliares de educación, tanto nombrados como contratados, de las mismas instituciones.
- Profesores de instituciones educativas de educación básica gestionadas por el Ministerio de Defensa.
¿Cuándo se pagará el Bono 380 docentes?
Desde el área de Desarrollo Docente del Minedu, el directo general Eloy Cantoral indicó que los 380 soles serán pagados entre octubre y noviembre del presente año. "Estamos trabajando desde el Ejecutivo en la elaboración del decreto supremo para hacer efectivo este pago lo antes posible, el cual beneficiará a cerca de 420,000 docentes nombrados, contratados y auxiliares de educación", dijo a la Agencia Andina.
Bono 380 docentes: requisitos para recibir el pago
Los docentes y auxiliares de educación que logren acceder a este pago especial deberán cumplir con las siguientes indicaciones:
- Tener un vínculo laboral vigente a la fecha de publicación de la ley.
- La persona deberá estar registrada en el Aplicativo Informático para el registro Centralizado de Planillas y de Datos de los recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) al 31 de diciembre de 2023.
Cabe señalar que esta bonificación no tiene naturaleza remunerativa ni carácter pensionable. Otro punto a tomar en cuenta es que el subsidio no se encuentra sujeto a cargas sociales ni forma parte de los beneficios laborales, esto se debe entender que no está sujeto a algún tipo de descuento. Asimismo, dicho monto de 380 soles no constituye base de cálculo para la compensación por tiempo de servicios (CTS), o en todo caso cualquier otro tipo de bonificación, asignación o entregas económicas.