Los encierros de San Fermín son el momento más emocionante de las fiestas que mayor proyección internacional tienen en nuestro país. El turismo y el desconocimiento de la tradición, así como el descontrol de algunos participantes, obligaron al ayuntamiento a aprobar el año pasado una nueva ordenanza para la protección del normal desarrollo de los encierros.
Las conductas o acciones, con multas que van desde los 600 a los 6000 euros, en gunción de si la falta se considera Leve, Grave o Muy grave.
Sanciones Muy graves:
1.- La participación con medios mecánicos de desplazamiento: En los encierros sólo se puede ir a pie, quedando prohibida la utilización de patines, monopatines, bicicletas, etc... , así como cualquier actitud que genere riesgos para sus participantes, incluida la persona infractora.
2.- Instalación de elementos que invadan el espacio de la carrera: se especifica la invasión del espacio horizontal, vertical y aéreo, así como sobrevolar la carrera, sin previa autorizavción del ayuntamiento.
3.- Permanecer en el recorrido sin estar en plenas condiciones físicas y psíquicas: se sanciona a las personas en estado de embriaguez, o bajo los efectos de sustancias estupefacientes los estados de embriaguez.
4.- Arrojar objetos a lo largo de todo el recorrido, desde el momento en que ha sido limpiado, y durante el desarrollo del encierro.
5.- Molestar a los animales o distraerlos: Correr hacia las reses o detrás de las mismas, creando peligro, así como citar, tocar, o llamar la atención de los toros durante el recorrido de la carrera, está considerado como falta muy grave, a no ser que se realice para evitar una cogida.
Faltas graves
6.- Pararse en el recorrido, y quedarse en el vallado, portales, barreras obstaculizando la carrera o la defensa de corredores en busca de refugio.
7.- Usar medios reproductores de imagen y sonido dentro del recorrido o de los vallados reservados.
Faltas leves
8.- Encaramarse a elementos o situarse en puntos que no ofrezcan garantía suficientes, así como llevar vestuario o calzado inapropiado
9.- Lanzar petardos desde las 7:00 hasta las 8:30 de la mañana (hora en la que se desarrollan los encierros).
10.- Obstaculizar las labores de limpieza del recorrido.
La nueva ordenanza califica los encierros como 'actos peligrosos' y el cumplimiento de las ordenanzas deberá ser vigilado atentamente por todos los participantes de la carrera, y además establece que las indicaciones por parte del personal técnico, (pastores, dobladores, etc...) deberán ser de obligado cumplimiento por los participantes.