04/11/2024

¿Qué es un estado de emergencia y qué derechos se limitan? Conoce todas las medidas aplicables

Miercoles 14 de Diciembre del 2022

¿Qué es un estado de emergencia y qué derechos se limitan? Conoce todas las medidas aplicables

Derechos como la libertad de tránsito o de reuniones se suspenden durante este periodo. Aquí te contamos todas las medidas ante esta declaratoria.

Derechos como la libertad de tránsito o de reuniones se suspenden durante este periodo. Aquí te contamos todas las medidas ante esta declaratoria.

Frente a las protestas desatadas a nivel nacional por la crisis política que vivimos en nuestro país, y que ha dejado el saldo de 8 víctimas mortales y cientos de heridos y detenidos, desde el Ministerio de Defensa acaban de anunciar estado de emergencia por 30 días en todo nuestro territorio.

Conoce si habrá toque de queda a nivel nacional.

PUEDES VER ¿Habrá toque de queda en todo el país tras decretarse Estado de Emergencia?

¿Qué significa el estado de emergencia?

¿En qué consiste esta decisión? El estado de emergencia en un régimen excepcional que se encuentra amparado en el artículo 137 de nuestra Constitución Política ante determinadas situaciones que perturban la paz o el orden interno, así como en caso de catástrofes o graves circunstancias que afecten la integridad de la nación.

Los límites aplicables los determina el propio Gobierno tomando en cuenta el contexto y las posibles consecuencias que podría acarrear este tipo de restricciones. Se trata de un periodo que, desde la pandemia, ya hemos vivido en diferentes grados conforme la evolución de la COVID-19.

Desde el cierre del Congreso que pretendió emprender el expresidente Castillo, las protestas no han parado a nivel nacional. | Fuente: El País.

¿Qué derechos se limitan en el estado de emergencia?

Dado que se trata de un régimen especial que busca velar por la integridad nacional, en este periodo se encuentran limitados determinados derechos constitucionales como la libertad personal, de reunión y tránsito, además de la inviolabilidad de domicilio.

Por supuesto, existen excepciones hacia estas medidas para garantizar el acceso a servicios y bienes básicos de supervivencia.  Por ejemplo, durante la cuarentena por la COVID-19 se permitió adquirir productos de primera necesidad, realizar transacciones bancarias, compras de medicamentos o asistir a centros de salud.

Con el fin de que se cumplan estas restricciones, la Policía Nacional cuenta con el constante de las Fuerzas Armadas. Tanto los agentes policiales como las FF. AA. podrán intervenir a las personas para garantizar el cumplimiento estricto de las medidas desplegadas, sin violar lo dispuesto en nuestro marco constitucional.

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