19/04/2024

A Neymar le hubieran caído 10 partidos de apreciarse agresión

Sábado 20 de Junio del 2015

A Neymar le hubieran caído 10 partidos de apreciarse agresión

Esa o la suspensión por cuatro meses es la sanción mínima por pegar al colegiado. El Tribunal de Disciplina le salvo y sólo consideró su acción como conducta antideportiva.

Esa o la suspensión por cuatro meses es la sanción mínima por pegar al colegiado. El Tribunal de Disciplina le salvo y sólo consideró su acción como conducta antideportiva.

Una apreciación muy benévola por parte del Tribunal de Disciplina de la Conmebol le evitó a Neymar una sanción gravísima que hubiese afectado también al Barcelona. Agarrar al árbitro del Brasil-Colombia por el cuello y llamarle cinco veces “hijo de puta” fue considerado únicamente como una “conducta antideportiva”, que se sanciona como mínimo con dos partidos de suspensión. Y ese grado mínimo se le aplicó, considerando además como un único hecho el agarrón y los reiterados insultos al colegiado. Por eso le metieron dos partidos, más otro por su participación en la tangana que provocó su expulsión y un cuarto por acumulación de amarillas (vio la segunda por una mano).

De haberse entendido la acción de Neymar como una agresión hubiese sido suspendido al menos por diez partidos o cuatro meses. Esa suspensión temporal probablemente se hubiese extendido a sus partidos con el Barcelona, como ocurrió con Luis Suárez cuando mordió a Chiellini en el pasado Mundial de Brasil.

Este el artículo (10.2) del Código Disciplinario de la Conmebol que se aplicó al azulgrana:

“Conforme a lo dispuesto en el Art. 9.1, por la comisión de las infracciones contra los oficiales de partido ya sea por parte de un jugador o por cualquier

oficial, podrán imponerse las sanciones disciplinarias que se describen a continuación:

a) Suspensión como mínimo por dos partidos o por un periodo de tiempo determinado por conducta antideportiva contra un oficial de partido tomando en consideración la gravedad de la falta.

b) Suspensión como mínimo por diez (10) partidos o por un periodo de tiempo determinado de como mínimo cuatro (4) meses por agredir o escupir a cualquier oficial de partido".


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