El expresidente de la Federación Ecuatoriana de Fútbol, Luis Chiriboga Acosta, podría pasar del arresto domiciliario a una cárcel común si no prospera este jueves el recurso de casación que presentó su defensa a la sentencia condenatoria de 10 años de prisión por el delito de lavado de activos.
El objetivo de los abogados de Chiriboga, que permaneció 18 años al mando de la FEF, es anular el proceso y declarar sin efecto la sentencia que pesa en su contra, alegando supuestas violaciones procesales.
La audiencia de casación se llevará a cabo este jueves a las 12:45 en la Corte Nacional de Justicia. Si los jueces no encuentran motivos para anular el proceso, rechazarán el último recurso que le queda a Chiriboga y su sentencia quedaría ejecutoriada, y por lo tanto pasaría de su lujoso departamento en un conjunto residencial de Quito a un centro carcelario.
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La justicia ecuatoriana no contempla que las personas con sentencias en firme cumplan sus condenas bajo arresto domiciliario, ya que esta medida, de caracter cautelar, solo se reserva a las personas de tercera edad mientras son procesadas o no tienen condenas en firme.
Chiriboga se encuentra en arresto domiciliario desde el 4 de diciembre de 2015, un día después de haber sido señalado por primera vez en el caso FIFAGate por la Fiscalía de Estados Unidos en el marco de una investigación a dirigentes de varias confederaciones de fútbol por coimas, abuso de cargo, pagos indebidos, sobornos, entre otros delitos.
El dirigente recién firmó su renuncia a la FEF en marzo del 2016 mientras en Ecuador la Fiscalía realizaba una investigación por lavado de activos.
Las autoridades señalaron que Chiriboga no pudo justificar ingresos por $ 6,1 millones y recibió una condena de 10 años de cárcel el 18 de noviembre de 2016. La sentencia también ordena a la Fiscalía investigar a otros dirigentes en el periodo 2010-2015, entre ellos a Carlos Villacís, exvicepresidente en toda la era Chiriboga en la FEF y su sucesor en el cargo.
En las investigaciones, la Fiscalía advirtió que el dinero que no fue justificado corresponde a transacciones por la suscripción de contratos con las empresas Cross Traiding, Sport TV y el Grupo Full Play, firmas a las que se les entregó los derechos de transmisión de los partidos de la Selección de Fútbol.
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La defensa del expresidente de la FEF apeló, pero un tribunal de segunda instancia ratificó la sentencia el 28 de agosto de 2017. Tres meses después se interpuso el pedido de casación como último recurso. La Corte Nacional de Justicia lo admitió a trámite el pasado 14 de junio y la audiencia decisiva se realizará este jueves a las 12:45. (D)