Un juez de la Audiencia Nacional española ha propuesto que sean juzgados por delitos relacionados con el fichaje de Neymar da Silva Junior por el FC Barcelona el propio jugador, sus padres, el presidente de la entidad, Josep Maria Bartomeu, su antecesor, Sandro Rosell, el club español y el Santos brasileño.
En un auto, el magistrado José de la Mata acuerda la transformación en procedimiento abreviado de la investigación por el fichaje del delantero brasileño a raíz de una querella de la empresa DIS.
Propone que sean juzgados por corrupción entre particulares y por estafa impropia el presidente del Barcelona, Josep María Bartomeu, y su antecesor en el cargo, Sandro Rosell, así como el propio club catalán; solo por el primero de los delitos el jugador, sus padres y la empresa N&N; y solo por el segundo Odilio Rodrigues Filho (que actuó como dirigente del Santos) y el club brasileño.
En el auto por el que pone fin a la instrucción, el titular del Juzgado Central de Instrucción Cinco a diez días a las acusaciones para que soliciten la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa.
De la Mata recuerda en su resolución judicial que la Sala de lo Penal ordenó reabrir la causa el pasado mes de septiembre y continuar las diligencias por el trámite del procedimiento abreviado.
Ahora, dando cumplimiento a ese auto de la Sala, el instructor fija los hechos objeto del procedimiento y las personas contra las que se dirige.
Según explica el instructor, tal como establece la Sala de lo Penal, el contrato firmado en 2011 por el que Neymar recibiría 40 millones de euros para fichar en el futuro por el Barcelona "habría alterado el libre mercado de fichaje de futbolistas".
Ello "al impedir que el jugador entrase en el mercado conforme a las reglas de la libre competencia, de modo que se obtuviera una mayor cantidad económica por el traspaso", constituyendo el delito de corrupción entre particulares.
"Si el objetivo de este contrato fue directamente alterar el mercado de fichajes de futbolistas, según estima la Sala, entonces es razonable pensar que los dos directivos que intervinieron en su firma", Rosell y Bartomeu, entonces presidente y vicepresidente, respectivamente, "fueron responsables de esta decisión, de la firma del contrato y conscientes de esta finalidad ilícita", añade.
A juicio del magistrado, la actuación de ambos directivos se realizó sin informar a la Junta Directiva, ni al Santos, ni a DIS como propietaria del 40 por ciento de los derechos federativos del jugador, y todo ello mientras éste tenía contrato en vigor con el club brasileño.
"Ambos directivos conocieron obviamente cada una de estas circunstancias plenamente cuando decidieron firmar este contrato, circunstancias que, al entender de la Sala, son los indicios principales del delito de corrupción entre particulares" y "sitúan a ambos directivos como responsables de los hechos", agrega.
Igualmente considera el juez responsable de los hechos a las partes contratantes, esto es, Neymar da Silva JR y Neymar da Silva Santos.
En relación con el propio FC Barcelona y la sociedad N&N, considera que también son responsables por cuanto los hechos descritos fueron realizados por representantes legales de ambas entidades.
En cuanto a los tres contratos suscritos en 2013 cuando el FC Barcelona anticipó la contratación de Neymar Jr sin esperar a que quedara libre de compromisos con su entonces club, el Santos, a partir de julio de 2014, el juez recuerda que fueron considerados por la Sala como "una simulación consciente y urdida para la comisión de la estafa".
Asumiendo esta premisa establecida por la Sala, el juez considera que los directivos -en alusión a Bartomeu y Rosell- articularon un "paquete de contratos simulados sin más fin que ocultar el importe real, no dieron cuenta a la Junta Directiva, no reportaron a la Asamblea de Socios y firmaron los contratos comprometiendo a la entidad barcelonista a realizar todos estos pagos".
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