01/09/2024

Pensión IMSS e ISSSTE: FECHA DE PAGO de septiembre a los adultos mayores

El pasado Martes 20

Pensión IMSS e ISSSTE: FECHA DE PAGO de septiembre a los adultos mayores

Conoce las fechas oficiales de pago de la Pensión IMSS e ISSSTE.

Conoce las fechas oficiales de pago de la Pensión IMSS e ISSSTE.

Todos los meses, las personas jubiladas que pertenecen al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) reciben el pago de su pensión. No obstante, muchos desconocen la fecha de pago de su próximo depósito y en esta nota te lo diremos.

Pago Pensión Bienestar adultos mayores de septiembre 2024.

PUEDES VER: Pensión Bienestar adultos mayores: estas serían las FECHAS DE PAGO para septiembre 2024

Pocos lo saben, pero el Gobierno de México creó un calendario oficial de pagos de la pensión del ISSSTE y también para los del IMSS.

Fecha de pago a los adultos mayores del ISSSTE

El depósito para los jubilados del ISSSTE correspondiente al mes de septiembre iniciará el 28 de agosto del año en curso. Cabe mencionar que la entrega del dinero se hace de manera directa a la cuenta bancaria registrada para ello y según el calendario.

Pensión ISSSTE 2024

Fecha de pago a los adultos mayores del IMSS

De acuerdo al calendario oficial de pagos de la pensión del IMSS, sus jubilados recibirán su depósito el día 2 de septiembre.

Pensión IMSS 2024

Requisitos para obtener la Pensión IMSS este 2024

La página web del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) difundió los requisitos indispensables para jubilarse y así recibir la pensión de vejez, siempre y cuando el beneficiario se encuentre bajo la Ley del 73.

  • Tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 500 semanas de cotización.
  • Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
  • Estar dentro de un periodo de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.

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