El pasado martes 12 de abril, la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso aprobó el dictamen que autoriza a todos los afiliados de AFP el retiro de hasta 4 UIT, es decir S/18,400, de sus fondos de pensiones. Conoce aquí que es lo que haría faltaría para que se haga la aprobación oficial y se ejecute el desembolso.
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La Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso hasta el momento ha autorizado 5 retiros durante 2020 al 2021, si se llega aprobar oficialmente este desembolso sería el sexto retiro del dinero de las AFP. Hay que indicar que todos los afiliados al sistema se podrán ver beneficiados.
Hay que resaltar también que aún no se conocen las fechas exactas para el desembolso del dinero por lo que no existe una plataforma oficial. Sin embargo, se espera que el proyecto de ley se eleve al Pleno para que pueda ser debatido y tras ello se someta a una votación.
Silvia Monteza, presidenta de la comisión, días atrás señaló que ya ha cumplido con el trámite que le tocaba tras la aprobación del dictamen (presentación del acta con las firmas de los votantes ante la presidencia del Congreso)
AFP 4 UIT: ¿A partir de cuando se puede retirar del fondo?
Es la pregunta que se hace más de un peruano, pero para que eso ocurra primero el proyecto tiene que ser aprobado en el pleno del Congreso de la República y luego se darán a conocer más detalles.
Cabe señalar que en primera instancia la propuesta establecía que se realizará el desembolso en tres partes de la siguiente manera:
- Primer desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario después de presentar la solicitud ante la AFP.
- Segundo desembolso de hasta 1 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario.
- Tercer desembolso por el restante del monto solicitado de hasta 2 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario.
AFP 4 UIT: ¿Qué se necesita para la aprobación?
La junta de portavoces tendría que priorizar el dictamen para que se someta a votación en el pleno. Posteriormente de aprobarse la ley debe ser enviada al Jefe de Estado para su promulgación dentro del plazo de 15 días útiles. Tras ello, la norma se debe publicar en la web del Congreso de la República y en el Diario Oficial El Peruano.
AFP 4UIT: ¿Cómo saber el saldo en mi AFP?
Para poder acceder a esta información deberás ingresar a los siguientes enlaces:
- AFP Integra: Debe ingresar al siguiente enlace www.afpintegra.pe/iniciar-sesion
- Prima AFP: Debe ingresar al siguiente enlace https://www.prima.com.pe/wcm/portal/PrimaAFP/inicio
- AFP Hábitat: Debe ingresar al siguiente enlace www.afphabitat.com.pe/mi-cuenta
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