05/11/2024

Utilidades 2023: ¿Qué multa reciben las empresas al exceder el plazo y cuándo se pagan?

Domingo 26 de Marzo del 2023

Utilidades 2023: ¿Qué multa reciben las empresas al exceder el plazo y cuándo se pagan?

De acuerdo con el artículo 29° de la Constitución, las empresas privadas tienen la obligación de dar las utilidades. ¿Qué pasa si no cumplen con la fecha límite?

De acuerdo con el artículo 29° de la Constitución, las empresas privadas tienen la obligación de dar las utilidades. ¿Qué pasa si no cumplen con la fecha límite?

Miles de peruanos que trabajan en el sector privado están a la espera del pago de sus utilidades por parte de sus empleadores. Tal como lo dicta el artículo 29° de la Constitución Política del Perú. Te dejamos toda la información.

Pero, ¿qué sucede si esto no se cumple y cuándo es la fecha límite antes de presentar una queja formal? En esta nota, te brindaremos todas las respuestas al respecto del porcentaje de la renta neta que obtienen las empresas como resultado de sus gestiones.

Todos los trabajadores que se encuentren en planilla y hayan laborado en el 2022, podrán cobrar las utilidades.

PUEDES VER: Utilidades 2023: ¿Hasta cuándo tienen plazo las empresas para depositar el dinero?

¿Qué multa reciben las empresas al no pagar a tiempo las utilidades?

En caso de que una empresa no cumpla con el pago a tiempo de las utilidades, los trabajadores tienen derecho a quejarse. Por ello, pueden contactar con la Sunafil.

No obstante, reciben una multa que puede llegar hasta los 26.12 UIT, es decir, 129.294 soles, de acuerdo a la cantidad de personas afectadas.

¿Cuándo se pagan las utilidades?

Las empresas tienen como plazo máximo un total de 30 días calendario, posterior a la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat). Las fechas van desde el 27 de marzo hasta al 11 de mayo.

¿Quiénes reciben las utilidades de este año 2023?

En primer lugar, se encuentran los empleados que estén en planilla y hayan laborado en el año contabilizado (2022), tendrán el beneficio económico. A ellos, se suman las personas que estuvieron de forma temporal, plazo indefinido, tiempo completo o parcial, extranjeros y peruano.

Cabe resaltar que los excolaboradores también tienen derecho a recibir dicho monto. Sin embargo, los practicantes no gozarán de las utilidades del 2023.

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