Bomo MiVivienda 2023 | El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) busca beneficiar a las personas para que puedan construir, comprar o mejorar sus hogares. ¿Quieres conocer si eres uno de los beneficiarios? Te lo contamos en las próximas líneas.
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Este beneficio económico pertenece al Programa Techo Propio y tiene como finalidad mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, ya que podrán adquirir hasta 43.312 soles.
Bono MiVivienda 2023: conoce si figuras en la lista de beneficiarios
Los ciudadanos que acceda a este beneficio económico deberán cumplir ciertos requisitos para cobrar los 43.312 soles, porque el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) dispuso una lista de Grupos Fam. Elegibles CSP (Conoce AQUÍ si te corresponde cobrar el Bono MiVivienda)
Bono Techo Propio 2023: ¿Cómo registrarte para cobrar hasta 43.312 soles?
- Tienes que inscribir a tu grupo familiar en cualquiera de las oficinas y centros autorizados del Fondo Mivivienda.
- Si la jefatura familiar está constituida por una pareja conviviente sin haberse casado, el formulario debe ser suscrito por ambos. Si la familia está constituida por una pareja casada, puede ser suscrito por cualquiera de ellos.
- Ingresa tu número de DNI y el de tu cónyuge o conviviente, de ser el caso, y contar con los datos personales de todos los integrantes del grupo familiar.
Bono MiVivienda 2023: ¿Qué requisitos debe cumplir para cobrar el subsidio?
- El ciudadano que quiere acceder al beneficio debe contar con un terreno o aires independizados libres de cargas.
- Si la familia puede quiere comprar una vivienda: el Ingreso Familiar Mensual (IFM) no debe superar los 3.715 soles y para los casos de VIS Priorizada no debe exceder los 2.071 soles.
- Para construir una vivienda: el Ingreso Familiar Mensual (IFM) tiene que ser de 2.706 soles.
- Mejorar una vivienda: el Ingreso Familiar Mensual (IFM) no puede superar los 2.706 soles.
- El beneficiario no debe haber recibido un apoyo habitacional del Estado.
- Para adquirir una vivienda, los ciudadanos no pueden tener otra vivienda o terreno.
- Si quieren construir o mejorar su vivienda, deben ser propietarios del terreno, y deben estar inscritos en Registros Públicos.