04/11/2024

Bono de 400 soles para docentes: ¿Cuándo iniciaría el pago según el Minedu?

Hace un año

Bono de 400 soles para docentes: ¿Cuándo iniciaría el pago según el Minedu?

El Bono de Escolaridad 2024 podría pagarse en los próximos días del 2024.

El Bono de Escolaridad 2024 podría pagarse en los próximos días del 2024.

En las principales redes sociales ha ganado popularidad el Bono Escolaridad de 400 soles. Al parecer, este beneficio económico estaría dirigido al sector educación. Para conocer más detalles del apoyo, solo debes revisar las próximas líneas.

Conoce cómo inscribirte para recibir el Nuevo Bono Techo Propio del 2024.

PUEDES VER: Techo Propio 2024: monto y requisitos para recibir el Bono Habitacional

Bono Escolaridad de 400 soles: ¿Cuándo se pagaría el beneficio?

Por ahora, el Ministerio de Educación (Minedu) no ha confirmado el pago del Bono Escolaridad de 400 soles, pero se espera que este depósito excepcional se realice los últimos de enero del 2024.

Bono Escolaridad 2024: ¿Existe un LINK de consulta?

No existe un link oficial del Bono Escolaridad 2024. Por ello, se solicita a los ciudadanos no ingresar sus datos personales a enlaces que no cuenten con un respaldo por parte de los ciudadanos.

Bono Escolaridad: ¿Quiénes recibirían el beneficio?

A continuación, podrás conocer quiénes podrían recibir este beneficio económico. ¡Toma nota!

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto. Legislativo 276, la Ley 29944 y la Ley 30512.
  • Obreros permanentes y eventuales del sector público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
  • Docentes universitarios a los que se refiere la Ley 30220.
  • Personal de la salud contemplado en el Decreto Legislativo 1153.
  • Servidores penitenciarios, según lo establecido en el numeral 1 del artículo 24 de la Ley N° 29709, Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria.
  • Trabajadores del Sector Público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada, conforme al numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley N° 31638.
  • Pensionistas comprendidos en los regímenes de la Ley 15117, los Decretos Leyes 19846 y 20530, el Decreto Supremo 051-88-PCM y la Ley 28091.

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