02/05/2024

Link Fonavi 2024, consulta aquí: cuándo empieza la devolución y lista de beneficiarios

Hace 3 meses

Link Fonavi 2024, consulta aquí: cuándo empieza la devolución y lista de beneficiarios

En la nota de Depor descubre los recientes anuncios del pago para el presente año.

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El Gobierno publicó en El Peruano la reglamentación y, con ello, la Comisión Ad Hoc queda habilitada para devolver a los exaportantes del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) que pudieron acreditar sus aportes monetarios, así como también a aquellos que a la fecha solo se les pudo acreditar periodos de aportes, los cuales tendrán una fórmula de reparto para su devolución. Conoce todos los detalles en la siguiente nota.

¿Cómo se realizará la devolución del Fonavi?

Los beneficiarios cobrarán a través del Banco de la Nación, el fonavista suscribirá los documentos que le sean requeridos.

Tendrán prioridad las personas mayores de 60 años, las que se encuentren registradas en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) y aquellas que presenten alguna enfermedad grave o terminal.

¿Cuáles son las novedades sobre el pago a beneficiarios en el 2024?

Los exaportantes que no lograron inscribirse en la Secretaría Técnica del Fonavi tendrán la oportunidad de realizarlo en enero. Con la medida se busca que los llamados “rezagados” cuenten con la oportunidad de incorporarse a los pagos programados para los próximos meses.

¿Cuál es el cronograma de devolución del Fonavi?

Todavía no hay un calendario de pagos para el nuevo grupo de personas que recibirán la devolución de los aportes. Para conocer más información hay que esperar los anuncios que puedas hacer las autoridades sobre el tema. Se espera que antes del miércoles 31 de enero, la entidad bancaria publique el nuevo cronograma de pagos según el número de DNI.

¿Cómo saber si estoy registrado en FONAVI?

  • Darle clic en la web “Módulo de consulta del Estado de Registro”
  • Ten a la mano tu documente de identidad y completa el formulario. Puede ser DNI, carnet de extranjería o libreta electoral.
  • Digita el código de verificación que muestra la pantalla.
  • Darle clic en “Consultar” y verifica si eres beneficiario.
  • Para más información pueden comunicarse a la central telefónica 640-8655 o acercarse a los Módulos de Atención al Ciudadano (MAC).

¿Qué documentos presentar para cobrar la devolución del Fonavi?

Los fonavistas titulares solo deben llevar su Documento Nacional de Identidad (DNI). En caso de ser heredero, Héctor Cuadros, gerente de la Red de Agencias del Banco de la Nación (BN), informó en RPP que en las próximas horas se dará a conocer en la página web del Banco de la Nación debido a que cada caso es diferente. Sin embargo, manifestó que es indispensable llevar una declaración jurada.

¿En qué banco cobrar devolución del Fonavi?

La devolución de aportes del Fonavi se llevará a cabo en las más de 560 agencias del Banco de la Nación (BN) a nivel nacional. Solo deberán acercarse a dicha entidad financiera en la fecha que les corresponda, pero deben tener en cuenta que antes de ir, deben averiguar el día que te corresponde cobrar para evitar hacer fila en vano.

¿Qué pasa si no tengo documentos para demostrar mis aportes al Fonavi?

Si por alguna razón no tienes todos los documentos que te ayuden a demostrar que te corresponde la devolución de los aportes al Fonavi, pero tienes pruebas de que realizaste debes consultar con la Comisión Ad Hoc, la cual tiene el poder de analizar tu caso y determinar el monto que te corresponde. Tener en cuenta que si lo determinado es menor a los calculado se conversa con el fonavista para llegar a un acuerdo.

¿Qué ocurre si un fonavista ha fallecido?

En ese caso puede cobrar el dinero un familiar. “La devolución de aportes al Fonavi será al fonavista titular o a su representante debidamente autorizado y, en caso de fallecimiento, será a sus deudos”, indica la nueva orden de prelación excluyente, el cual se dará de la siguiente manera:

  • Primero, el cónyuge sobreviviente o integrante de la unión de hecho.
  • Hijos menores e hijos con discapacidad total permanente acreditada por el Conadis.
  • Hijos mayores de edad.
  • Padres.
  • Hermanos.
  • A falta de cualquiera de las personas indicadas anteriormente, la devolución corresponderá a quienes acrediten ser deudos del fonavista fallecido mediante sucesión intestada o testamentaria.

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