23/11/2024

Retiro CTS 2024: iniciar el trámite y solicitar la disposición del dinero

Hace 7 meses

Retiro CTS 2024: iniciar el trámite y solicitar la disposición del dinero

Revisa aquí todos los detalles sobre esta nueva norma. La ley que autoriza el retiro del 100 % de la CTS aún está a la espera de ser promulgada u observada por el Poder Ejecutivo.

Revisa aquí todos los detalles sobre esta nueva norma. La ley que autoriza el retiro del 100 % de la CTS aún está a la espera de ser promulgada u observada por el Poder Ejecutivo.

Si la Ley es aprobada, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en las normas legales del Diario Oficial El Peruano. El Poder Ejecutivo se encuentra evaluando la Ley que permite el retiro del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) hasta el 31 de diciembre de 2024. Según el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, afirmó que aún está en proceso de evaluación la decisión del Ejecutivo de promulgar u observar la autógrafa. Como se recuerda, el pasado jueves 2 de mayo el Parlamento aprobó la Ley que autoriza la libre disposición del 100% de la CTS, lo cual fue aprobada con 98 votos a favor, nueve en contra y una abstención. Asimismo, el Ejecutivo tiene un plazo máximo de 10 días calendarios para reglamentar la Ley y establecer cómo se realizará el retiro de los fondos de CTS de los trabajadores.

“Estamos dentro del plazo, vamos a evaluar la conveniencia o no de esta decisión y la haremos saber antes que el plazo venza”, comentó Adrianzén en conferencia de prensa.

En el 2022 se aprobó el libre retiro de la CTS y se aplazó hasta el 31 de diciembre de 2023. En ese momento, la aprobación del Congreso y su promulgación tardó un mes. Por ello, si la situación se repite, los trabajadores podrán acceder a sus fondos a inicios de junio. En los siguientes párrafos encontrarás toda la información que necesitas saber para retirar tu CTS.

¿Desde cuándo podré solicitar el retiro de mi CTS 2024?

Después de su aprobación en el pleno, el dictamen es remitido a la presidenta de la República para su promulgación, la cual debe realizarse en un plazo de 10 días. Si el Ejecutivo observa la norma, esta regresa al Congreso para su revisión; pero si la promulga, la norma entra en vigencia al día siguiente.

El Ejecutivo tiene hasta el 20 de mayo para decidir si observa o promulga la Ley.

¿Cuál es el plazo máximo para retirar mi CTS?

Según la disposición aprobada por el Congreso de la República, se podrá retirar la CTS hasta el 31 de diciembre del 2024. Sin embargo, la congresista de Podemos Perú, Kira Alcarráz, intentó incluir un texto sustitutivo para extender la medida hasta el cierre del 2025.

¿Qué requisitos existen para recibir el depósito de la CTS?

Para recibir el depósito de CTS, debes tener como mínimo un mes trabajando para la misma empresa o entidad y una jornada laboral superior a las 4 horas hasta antes del 31 de abril o 31 de octubre, respectivamente.

  • Si tienes una antigüedad mayor a un mes, pero menor a 6 meses, recibirás un prorrateo del monto calculado.
  • Si tienes más de 6 meses, recibirás el 100% de la CTS asignada para el periodo de cálculo.

¿Cómo retirar el dinero de mi CTS?

Para retirar tu Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú, generalmente necesitarás seguir estos pasos:

  • Contactar a tu entidad financiera o empleador: primero, comunícate con tu banco o con el departamento de recursos humanos de tu empleador para averiguar el estado de tu CTS y los procedimientos específicos para retirarla.
  • Verificar el saldo: asegúrate de conocer el saldo exacto de tu CTS antes de hacer cualquier solicitud de retiro.
  • Decidir el monto de retiro
  • Presentar la solicitud: dependiendo de la entidad financiera o el empleador, es posible que necesites llenar un formulario de solicitud de retiro y presentar documentos que respalden tu solicitud, como copias de tu DNI, constancia de trabajo, entre otros.
  • Esperar la aprobación: una vez que hayas presentado la solicitud, la entidad financiera o el empleador revisará la información proporcionada y aprobará el retiro de acuerdo con las regulaciones vigentes.
  • Recibir el pago: una vez aprobado, recibirás el pago de tu CTS según el método de retiro que hayas seleccionado. Este pago puede realizarse mediante depósito en cuenta bancaria o cheque, dependiendo de tus preferencias y de las políticas de la entidad financiera o el empleador.

¿Quiénes reciben la CTS en Perú?

  • Todos los empleados del régimen privado que trabajan, como mínimo, una jornada de cuatro horas diarias.
  • Trabajadores de pequeñas empresas que reciban 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios. El máximo de remuneraciones diarias es de 90.
  • En el caso de los trabajadores agrarios, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico. No obstante, el colaborador puede solicitar el abono de forma diferenciada y semestral, como en el régimen laboral común.
  • Los trabajadores del hogar han sido incluidos recientemente. A ellos se les deberá abonar la CTS en las mismas condiciones que el régimen laboral común.

¿Cómo calcular cuánto te corresponde de CTS?

Según con lo que explicó el associate partner del Área Laboral de EY Perú, Mauricio Matos, a la agencia Andina, el cálculo de la CTS se realiza de la siguiente manera:

  • Si el trabajador percibe una remuneración principal imprecisa o variable, la CTS será el resultado del promedio del sueldo percibido por el trabajador en los seis meses que comprende cada periodo. Esto quiere decir que se promedia el salario de noviembre a abril (para la CTS de mayo) o de mayo a octubre (para la CTS de noviembre).
  • Si el trabajador percibe una remuneración fija, pero tiene una remuneración complementaria imprecisa o variable (por ejemplo, percibe horas extras) estos montos serán incluidos en el cálculo siempre y cuando hayan sido percibidos 3 o más veces en el periodo de noviembre del año anterior a abril (para la CTS de mayo) o en el periodo de mayo a octubre (para la CTS de noviembre), en cuyo caso los conceptos se suman y se dividen por 6.
  • Para calcular el monto, toma en cuenta tu sueldo mensual, luego súmale 1/6 de la gratificación (divide tu gratificación entre seis). Ese monto, divídelo entre 360 y luego multiplícalo por los días laborados (para todo el semestre, serían 180).

¿Cómo saber el saldo de tu CTS?

Esto depende del banco en el que se encuentra tu dinero. Aquí te compartiremos los links de algunos de los bancos en Perú.

  • BCP: https://www.viabcp.com/
  • Interbank: https://interbank.pe/
  • BBVA: https://www.bbva.pe/
  • BanBif: https://www.banbif.com.pe/Personas
  • GNB: https://www.bancognb.com.pe/
  • Caja Sullana: https://www.cajasullana.pe/

¿Cuáles son los proyectos de ley para el retiro de CTS 2024?

César Revilla, congresista de Fuerza Popular, presentó la semana pasada el proyecto de ley N.° 7569/2023-CR, que pretende autorizar la libre disposición del 100% de la Compensación por Tiempo de servicios (CTS) hasta el 31 de diciembre de 2024. Asimismo, el artículo 2 de la propuesta indica que los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, serán las personas beneficiadas

Hace unos días, la congresista no agrupada María del Carmen Alva también presentó un proyecto de ley para autorizar la libre disposición de hasta el 100% de la CTS hasta finales del presente año. Hasta el momento, son 14 iniciativas en discusión en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso. Se espera que en las próximas semanas se debatan estos proyectos.

¿Qué sucede si la empresa no paga la CTS?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informó a los trabajadores que en caso no depositen la CTS dentro de la fecha establecida, esto es considerado una falta grave por lo que podría recibir una sanción de la siguiente manera:

  • Pequeña empresa: la multa va de 0.45 a 4.50 unidades impositivas tributarias (UIT), entre S/2,070 y S/20,700.
  • Empresas no Mype: la sanción monetaria va entre los 1.57 a los 26.12 UIT, lo que equivale a montos entre los S/7,222 y los S/120,152.

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