07/12/2025

¿Será feriado 1 y 2 de mayo? Revisa qué dijo El Peruano sobre estos días libres en todo el país

Hace 8 meses

¿Será feriado 1 y 2 de mayo? Revisa qué dijo El Peruano sobre estos días libres en todo el país

El próximo 1 y 2 de mayo serán días libres en todo el país, debido al feriado nacional y día no laborable para el sector público.

El próximo 1 y 2 de mayo serán días libres en todo el país, debido al feriado nacional y día no laborable para el sector público.

El calendario 2025 establece una larga lista de días de descanso para los trabajadores del sector público y privado, por ello, a pocos días de iniciar el mes de mayo, surgen dudas respecto al feriado del jueves 1 y al día no laborable, viernes 2, tal como está mencionado en el Decreto Supremo N.° 042-2025-PCM, el cual fue publicado en el diario El Peruano.

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El Poder Ejecutivo informó que el 2 de mayo será día no laborable en todo el país y aplica principalmente al sector público, permitiendo un fin de semana largo que se extiende desde el jueves 1 de mayo (Día del Trabajo) hasta el domingo 4 de mayo. Asimismo, se precisa que para el ámbito privado, el otorgamiento del día libre dependerá del empleador.

El Decreto Supremo N.º 042-2025-PCM declara el viernes 2 de mayo de 2025 como día no laborable.

Cabe destacar, que si bien los servidores del sector público descansarán el viernes 2 de mayo por ser un día no laborable obligatorio, las horas no trabajadas deberán ser compensadas en los días siguientes, según lo establezca cada entidad estatal.

En el caso del sector privado, la aplicación de este día no laborable es opcional, puesto que las empresas pueden decidir si otorgan este descanso a sus empleados, pero con la condición de compensar las horas no trabajadas, en un plazo de diez días hábiles o según lo que acordado.

Feriado 1 de mayo: ¿quiénes descansarán?

El 1 de mayo es un feriado nacional obligatorio en Perú por el Día del Trabajador, y todos los empleados tanto del sector público como privado tienen derecho a descansar ese día, según lo establece la legislación laboral peruana y sin necesidad de compensar las horas.

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