Los veteranos de las Fuerzas Armadas del Perú tienen motivos para celebrar, ya que el Congreso de la República firmó la ley que otorgará un bono mensual vitalicio de S/1,130 por su destacada labor en la pacificación nacional durante el periodo de guerra interna de 20 años que padeció la nación.

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Qué es el nuevo bono de S/1.130 para veteranos de la pacificación
La autógrafa fue suscrita por Fernando Rospigliosi, presidente encargado del Parlamento, y por Waldemar Cerrón, segundo vicepresidente de la Mesa Directiva, la misma que ya fue enviada al despacho presidencial, tras lo cual el presidente Balcázar cuenta con 15 días para promulgarla (vía decreto en el Diario Oficial El Peruano) u observarla.
Estamos hablando de un bono de S/1.130 el cual será vitalicio e intransferible, no siendo remunerativo ni pensionable, es decir, no contendrá cargas sociales ni de beneficios laborales.

Los veteranos de la pacificación recibirán un subsidio por sus sacrificios para defender a millones de peruanos.
Cuáles son los requisitos para cobrar el bono de S/1.130
Este bono está dirigido a aquellos que hayan recibido la designación de “Veterano de Guerra y de la Pacificación Nacional” hasta el 31 de diciembre de 2024, los cuales deben cumplir con estos requisitos:
- Contar con servicio militar obligatorio entre la década de 1980 a los 2000.
- Realizar acciones militares en zonas de emergencia, así como actividades de pacificación que tengan validación en cualquiera de las instituciones armadas.
- Entre los 12 y los 24 meses, debe contar con un tiempo de servicio consecutivo.
- Conseguir grados específicos al momento de terminar el servicio militar, entre los cuales se incluyen: recluta, soldado, cabo o sargento, dependiendo si pertenece al Ejército, Marina o Fuerza Aérea.
- No tener deuda por alimentos y sin antecedentes penales, policiales o judiciales.
Cómo se pagará el bono S/1.130 para veteranos
Es importante saber que este bono vitalicio mensual para veteranos no se entregará de forma inmediata, sino en un lapso de 5 años, cuya entrega se dará por grupos etarios. Toma nota:
- 1° año: mayores de 60 años o con discapacidad permanente.
- 2° año: veteranos entre los 55 y 59 años.
- 3° año: veteranos entre los 50 y 54 años.
- 4° año: veteranos entre los 45 y 49 años.
- 5° año: veteranos entre los 40 y 44 años.
Si eres veterano y cumples con estos requisitos, lo que debes hacer es presentar tu solicitud al siguiente día que entre en vigencia la ley con fecha límite hasta el 31 de julio de 2027.
Del mismo modo, el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Economía y Finanzas, de forma conjunta, tienen un plazo máximo de 60 días hábiles para dar a conocer las normas que reglamentan la entrega de este beneficio para veteranos peruanos de la pacificación.