El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) ha anunciado modificaciones en su estructura de tarifas, que entrarán en vigor en 2025. Esta agencia, que financia casi por completo sus operaciones mediante tarifas, ha decidido ofrecer exenciones en algunos trámites migratorios. ¿Qué inmigrantes serán beneficiados con esta medida?
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Los extranjeros tendrán beneficios en sus trámites en 2025 en EE.UU.
Vale resaltar que estas modificaciones tienen como finalidad reducir las cargas económicas que enfrentan los migrantes en situaciones humanitarias o especiales. Además, las actualizaciones pretenden facilitar el acceso a servicios esenciales para aquellos que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad significativa.
A partir de 2025, ciertos grupos de migrantes estarán exentos de tarifas en diversos trámites administrativos. Esta medida busca facilitar la integración y el acceso a servicios esenciales para estas comunidades, promoviendo así su bienestar y adaptación en el país.
La decisión responde a un compromiso por parte de las autoridades para apoyar a quienes enfrentan situaciones vulnerables, garantizando que puedan realizar sus gestiones sin la carga económica que implican las tarifas.
¿Quiénes son los inmigrantes que no pagarán por sus trámites?
Las exenciones de tarifas en trámites migratorios son un aspecto crucial para diversas categorías de migrantes en Estados Unidos:
- Las víctimas de trata de personas, que poseen el estatus de no inmigrante T, no deben abonar tarifas por formularios como el I-914, I-131 e I-485, entre otros. De igual manera, los no inmigrantes U, que incluyen a víctimas de crímenes graves, están exentos de tarifas en formularios como el I-918 y el I-765.
- Los migrantes que presentan autopeticiones bajo la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA) no enfrentan costos en formularios como el I-360 y el I-485. Los menores que califican como Jóvenes Inmigrantes Especiales también disfrutan de estas exenciones en trámites similares.
- Los refugiados y asilados están exentos de tarifas en formularios relacionados con su estatus, como el I-131 y el I-765. Aquellos que han servido en las Fuerzas Armadas de EE. UU. también cuentan con exenciones en formularios como el I-360 y el N-400.
- Los cónyuges e hijos maltratados que buscan beneficios bajo la Ley de Ajuste Nicaragüense y Ayuda Centroamericana (NACARA) no deben pagar tarifas en formularios como el I-765 y el I-881.
Vale resaltar que estas medidas buscan facilitar el acceso a la regularización migratoria para los grupos vulnerables.