¡Mucha atención! El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) comunicó recientemente un cambio en su estrategia para el procesamiento de ajustes de estatus de quienes buscan la residencia permanente (Green Card) desde el interior del país, en lugar de hacerlo mediante un consulado estadounidense en el extranjero.

Cabe precisar que esta nueva política marca un avance importante para numerosos solicitantes. No obstante, el memorando indica que ciertas categorías de solicitantes, como los trabajadores con visas H-1B y L-1 y sus dependientes, podrían experimentar un impacto menor debido a las regulaciones específicas que rigen la doble intención para estos tipos de visa. Aquí, más información.

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Cuidado, inmigrantes en EE. UU.: esto debes saber sobre la nueva política de ajuste de estatus de USCIS

Medios internacionales compartieron más detalles sobre la última acción del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS): la implementación de cambios significativos en los protocolos de ajuste de estatus, los cuales estuvieron vigentes durante décadas. A continuación, los datos claves que debes saber:

USCIS.

EE. UU.: esto debes saber sobre la nueva política de ajuste de estatus de USCIS.

  • A partir de ahora, este proceso solo se concederá en circunstancias extraordinarias: según un nuevo memorando, los ciudadanos extranjeros que buscan convertirse en residentes permanentes deberán, en la mayoría de los casos, optar por el procesamiento consular fuera del país, en lugar de ajustar su estatus desde dentro de la nación de Trump. Esta política se aplicará principalmente a quienes no tengan una visa de doble intención, a diferencia de los titulares de H-1B y L-1, quienes aún podrían tener la opción de solicitar el ajuste de estatus.
  • En tanto, aquellos que cuentan con visas temporales, como estudiantes o turistas, también deben regresar a su país de origen para solicitar la tarjeta de residencia permanente.
  • Las decisiones sobre el ajuste de estatus se tomarán caso por caso, considerando factores como violaciones de la ley de inmigración y el historial migratorio del solicitante, entre otros (fraude o tergiversación; si la solicitud de admisión o libertad condicional del ciudadano extranjero violó las leyes, los reglamentos y las políticas; conducta después de la admisión; lazos familiares; estatus e historial migratorio, y buen carácter moral).
  • No obstante, el memorando no proporciona una definición clara de lo que se considera "circunstancias extraordinarias", lo que deja a los funcionarios de USCIS un amplio margen de discreción en sus evaluaciones.

El objetivo de esta nueva política es reducir la permanencia ilegal en el país y optimizar los recursos de USCIS, permitiendo que la agencia se enfoque en otras prioridades, como la atención a víctimas de delitos y solicitudes de naturalización. Aunque USCIS no presenta este cambio como una nueva norma, sí resalta la necesidad de aplicar las leyes de inmigración y las decisiones judiciales vigentes.

¿Todavía se puede presentar una solicitud de ajuste de estatus I-485 bajo esta nueva política?

La presentación de solicitudes de ajuste de estatus I-485 sigue siendo viable, a pesar de la reciente política implementada. La nueva directriz de USCIS se enfoca en los funcionarios encargados de evaluar estas solicitudes e instruirlos a considerar el ajuste de estatus como una medida discrecional extraordinaria.

Esto implica que las solicitudes podrían ser denegadas, a menos que se presenten circunstancias excepcionales que justifiquen su aprobación. No obstante, la normativa no impide que la agencia continúe aceptando nuevas solicitudes I-485.

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