El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) ha creado el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE), conocido popularmente como ‘bono lluvia’, que otorga una ayuda económica mensual de S/500. Esto debido a las recientes precipitaciones ocurridos en nuestro país, donde muchas familias peruanas han sido afectadas. Este subsidio estará disponible en el mes de marzo y está destinado a las familias cuyas viviendas han sido declaradas inhabitables o colapsadas, permitiéndoles alquilar un lugar seguro adonde vivir. Aquí en Depor te contamos todos los detalles de este bono.
¿Qué es el Bono BAE?
El BAE es una iniciativa del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento( MVCS) y del Fondo Mivivienda (FMV), que proporciona una ayuda económica mensual de S/500 y está dirigido a familias cuyas viviendas han sido declaradas inhabitables o colapsadas, permitiéndoles alquilar un lugar seguro donde vivir durante un período máximo de dos años.
¿Cómo saber si soy beneficiario del bono BAE?
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) anunció la primera convocatoria del año 2024 para la asignación de un total de 142 bonos destinados al arrendamiento de viviendas en casos de emergencia.
Tras la evaluación realizada por la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del MVCS, se identificaron seis familias afectadas cuyas residencias han colapsado o se han tornado inhabitables. Ellas recibirán una asistencia mensual de 500 soles, por un máximo de dos años, para sufragar el costo del alquiler de una vivienda en Piura.
La lista de posibles beneficiarios se encuentra disponible en los sitios web del MVCS (www.gob.pe/vivienda) y del Fondo Mivivienda (www.mivivienda.com.pe).
¿Cómo acceder al Bono S/500 soles y cuáles son los requisitos?
Para acceder al bono BAE de S/500, los Gobiernos locales deben enviar al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento los registros de las familias damnificadas, los cuales se cargarán en el Sistema de Información Nacional para la Respuesta y Rehabilitación (Sinpad) del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci).
Tras la verificación de estos datos, el MVCS emitirá una resolución ministerial que convocará a los potenciales beneficiarios, especificando las localidades y plazos correspondientes. Las familias seleccionadas tendrán entonces 10 días para encontrar una vivienda adecuada y alquilarla con el bono.
Para ser beneficiario del bono BAE, las familias deben cumplir con dos requisitos esenciales:
- La vivienda previamente habitada debe ser declarada inhabitable o destruida
- El inmueble a alquilar debe estar ubicado en una zona segura.
¿Cómo cobrar el Bono BAE?
Para cobrar el Bono Bae, se tiene un lapso de hasta diez días hábiles. Los posibles beneficiarios del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias deben entregar a la municipalidad de Sullana los siguientes documentos:
- Solicitud de otorgamiento del BAE.
- Declaración jurada de no contar con vivienda distinta a la colapsada o inhabitable ubicada en el departamento de origen.
- Contrato de arrendamiento de la vivienda, suscrito con el arrendador de la misma, con firmas legalizadas ante el juez de paz o notario público.
De ser el caso, la declaración jurada de los suscribientes del citado contrato declarando el impedimento económico para la legalización de firmas.
Es crucial resaltar que los documentos mencionados deben ser firmados por el representante del grupo familiar.
¿Dónde encontrar los formularios BAE?
Estos formatos deberán ser presentados por los potenciales beneficiarios al Bono de Alquiler de Vivienda para Emergencias (BAE), de acuerdo a la Ley N°31526 y del reglamento aprobado por D.S. N° 008-2022-VIVIENDA. Los potenciales beneficiarios serán publicados en la web de VIVIENDA y del Fondo Mivivienda. Del mismo modo, en la resolución ministerial de convocatoria, se indicará el lugar donde se deben presentar estos formatos, que podrán ser al gobierno local y centros de atención al ciudadano del Ministerio de vivienda.
Solicitud BAE
- Formulario llenado y firmado por el potencial beneficiario identificado y mencionado en la convocatoria para su atención. Se debe indicar los datos de la vivienda a ocupar y los datos del arrendador (dueño de la vivienda a ocupar).
Contrato de Arrendamiento
- Documento firmado por el arrendador (quien cede la vivienda) y el arrendatario (quien ocupará la vivienda) para ser presentado junto a los otros documentos solicitados para acceder al BAE. En la parte superior de la hoja, deberá indicar el DNI y el nombre del jefe de familia, representante del grupo familias. Este nombre debe figurar en la lista de familias convocadas para otorgar el bono.
Declaración jurada de impedimento económico
- En caso de imposibilidad económica, que no permita la legalización de firmas del arrendador y del arrendatario, será necesario presentar la Declaración Jurada, como parte de los documentos para acceder al BAE.
Declaración jurada de no contar con otra vivienda
- Es necesario que el representante del grupo familiar (Jefe de familia) indique que no cuenta con otra vivienda distinta a la colapsada o inhabitable, siendo este un sustento adicional para poder otorgar el bono a la familia.