La Contingencia Ambiental en su fase I inició este en la Zona Metropolitana del Valle de México, a raíz que la Comisión Ambiental halla registrado una alta concentración ozono y radiación solar en la región ¿Cuáles serán las restricciones y cuándo empezarán regir? Conoce esa infomación y las excepciones a continuación.
¿Cuándo inicia la contingencia ambiental en Valle de México?
El Doble Hoy No Circula recién aplicará mañana, viernes 8 de junio, y con ello distintas restricciones vehiculares a acatar. No obstante, lo reglamentario no involucrará el uso de vehículos eléctricos, híbridos y bicicletas, así también, para lo ciudadanos que tengan matrícula ecológica u holograma tipo exento: "destinados en circunstancias manifiestas y urgentes para atender una emergencia médica", menciona la norma con respecto a acudir a un centro de vacunación portando el folio de la cita.
Así también, y con excepción, se contempla el uso de los vehículos de uso particular de trabajadores de la salud, vehículos de servicios urbanos para emergencias, vehículos de transporte escolar y de personal, vehículos de cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, vehículos para personas con discapacidad (siempre y cuando cuenten con el holograma correspondiente) y transporte de residuos y materiales peligrosos.
¿Por qué ocurrió la contingencia ambiental en Valle de México?
De acuerdo a la Comisión Ambiental, cerca a las cinco de la tarde de este 7 de junio, se registró una concentración de 156 ppb (parte por billón) de ozono en la estación de monitoreo de Santa Fe, en la alcaldía Álvaro Obregón de CDMX: altas temperaturas, el viento débil y la alta radiación solar son algunas de las causas más relevantes.
¿Cuáles son las restricciones de la contingencia ambiental en Valle de México?
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 4, 5, 7 y 9 así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4.
- Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma “2”.
- Habrá restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
- Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX.
- Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
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