La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) realizó el sorteo público de miembros de mesa y ya se dio a conocer quiénes serán los encargados de garantizar que el proceso de votación en las Elecciones Generales 2026. En este contexto, es importante precisar que se pueden presentar excusa para no ejercer el cargo.

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De acuerdo a la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859, en el Artículo 57 se establecen los impedimentos para ser miembro de las Mesas de Sufragio durante los procesos electorales. Conoce cuáles son los casos y el procedimiento que debes seguir para presentar excusa:

  • Ser candidato o actuar como personero de una organización política.
  • Tener que salir del territorio nacional.
  • Mantener vínculo matrimonial o parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad (padres, hijos, abuelos, nietos o hermanos) o afinidad (suegros, yernos, nueras, cuñados, padrastros o hermanastros) con otro integrante de la misma mesa.
  • Ser cónyuge o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad de candidatos que postulan en la jurisdicción correspondiente.
  • Tener vínculo familiar, dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, con promotores o autoridades sometidas a una Consulta Popular de Revocatoria.
  • Encontrarse fuera del país de manera temporal.
  • Ser miembro activo de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional del Perú y cumplir funciones vinculadas al proceso electoral.
  • Integrar el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.
  • Ser funcionario o trabajador de los organismos del Sistema Electoral (ONPE, JNE o RENIEC).
  • Formar parte del Ministerio Público y desempeñar, durante la jornada electoral, labores relacionadas con la prevención o investigación de delitos electorales.
  • Ser funcionario de la Defensoría del Pueblo encargado de la supervisión electoral.
  • Ejercer un cargo de autoridad política.
  • Integrar los comités directivos de organizaciones políticas inscritas ante el Jurado Nacional de Elecciones, cuando estas estén vinculadas a autoridades sometidas a revocatoria.
  • Tener más de 65 años de edad.
  • Ser autoridad o representante elegido por voto popular.
  • Presentar una discapacidad física o mental grave o evidente que impida el desempeño del cargo.
  • Encontrarse en estado de gestación.
  • Ser madre lactante de un niño menor de dos años a la fecha de la elección.
  • Actuar como promotor de la consulta popular, en casos de revocatoria.
  • Ser personero de la autoridad sometida a consulta popular.
  • Ser personero de organizaciones políticas a las que pertenezcan las autoridades sujetas a consulta.
  • Ser personero de los promotores de la consulta popular, en procesos de revocatoria.
miembro de mesa

Casos para presentar excusa para no ser miembro de mesa en las elecciones 2026.

Es importante destacar que luego de la publicación preliminar de miembros de mesa, cualquier persona puede exponer las tachas contra la designación del cargo del sorteo público de la ONPE, pero deben ser sustentadas con prueba instrumental y presentadas a los Jurados Electorales Especiales.

¿Cómo presentar excusa para no ser miembro de mesa?

Conoce qué procedimiento debes seguir para presentar una excusa y no ejercer el cargo de miembro de mesa. Primero asegúrate de cumplir con los requisitos solicitados:

  • Completar el Formulario P2 - Excusa o Justificación.
  • Si vas en representación de una tercera persona debes llevar carta poder.
  • Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Presentar documentos probatorios segú el caso.

Posteriormente, paga el derecho a trámite mediante el Banco de la Nación o vía Págalo.pe con el código 03836. El monto es S/ 15.80; le recordamos que debe guardar el voucher. Luego diríjase a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) donde saliste sorteado o en la Mesa de Partes Virtual Externa para presentar los documentos probatorios y voucher de pago.

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